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La protección de datos en 2025: todo lo que su web debe saber

Fecha: 2025-05-19 08:35:42
Autor: Alex Rubio

proteccion de datos 2025

La protección de datos en 2025: todo lo que su web debe saber

1. Un momento decisivo

En apenas cinco meses de 2025 la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha multado a LaLiga con 1 M € por reconocimiento facial en los estadios, a Orange Espagne con 1,2 M € por una SIM duplicada y a una inmobiliaria con 20 000 € por fotografiar buzones de vecinos para marketing puerta a puerta. Mientras tanto, el regulador irlandés —que actúa como “policía europeo” de muchas grandes tecnológicas— acaba de imponer 530 M € a TikTok y ha ordenado suspender los envíos de datos a China si no cambia sus procesos.

El RGPD no se ha relajado con el tiempo: según el último Enforcement Tracker Report, 2 245 sanciones estaban registradas a 1 de marzo de 2025, con una recaudación acumulada cercana a los 6 000 M €.

Moraleja: si organizaciones multimillonarias y hasta ligas de fútbol pagan, cualquier web corporativa es un blanco visible.

2. El marco legal que importa este año

Norma / guía Clave en 2025 Implicación directa para su web
RGPD (UE 2016/679) Sigue siendo la “Constitución” de los datos en Europa. Bases jurídicas, derechos de las personas, multas de hasta 20 M € o el 4 % de la facturación .
LOPD-GDD (ES 3/2018) Aterriza el RGPD en España; reformada para incluir limitaciones al tratamiento biométrico. Reglas sobre derechos digitales y denuncias ante la AEPD.
Guía de Cookies AEPD (14-05-2024) Obliga a mostrar un botón “Rechazar” tan visible como “Aceptar” y prohíbe casillas premarcadas. El banner incorrecto es hoy el incumplimiento más fácil de detectar.
Data Act (aplicable 12-09-2025) Introduce derechos sobre los datos generados por dispositivos y servicios en la nube. Reescribe contratos con proveedores IoT y obliga a nuevas cláusulas en la política de privacidad.

(El ePrivacy Regulation sigue atascado en Bruselas, pero la AEPD aplica ya sus criterios a través de la guía de cookies).

3. ¿Qué me puede pasar si ignoro el tema?

  1. Multa económica. Las cifras anteriores hablan solas. El riesgo ya no es teórico.
  2. Costes de remediation. Abogados, consultores y desarrollo urgente suelen triplicar la sanción.
  3. Pérdida de reputación y SEO . Una resolución de la AEPD es pública y los medios la replican; además, Google penaliza webs inseguras.
  4. Bloqueo operativo. El regulador puede ordenar la suspensión de un tratamiento, paralizando parte del negocio.

4. Anatomía de una web “a prueba de AEPD”

4.1 Política de privacidad que vive y respira

  • Desglosar bases jurídicas de cada tratamiento.
  • Incluir plazos de conservación concretos.
  • Revelar transferencias internacionales y salvaguardas.
  • Referenciar el Data Act cuando aplique.

4.2 Cookies y consentimiento informado

  • Igualdad visual entre “Aceptar” y “Rechazar”.
  • No ejecutar scripts antes del consentimiento.
  • Guardar prueba del momento exacto de aceptación.
  • Panel para cambiar la decisión en un clic.

4.3 Formularios, leads y newsletters

  • Enlace concurrente a la política de privacidad.
  • Doble opt-in obligatorio para marketing.
  • Logs de consentimiento conservados al menos tres años.

4.4 E-commerce y pagos

  • Base jurídica: ejecución de contrato.
  • Cumpla PSD2 SCA y cifrado TLS 1.3.
  • Contrato de encargado con plataforma de pago y hosting.

4.5 Chatbots y atención en vivo

  • Mensaje inicial sobre tratamiento de datos.
  • Exportar la transcripción ante solicitud de acceso.

4.6 Analítica y trazadores de sesión

  • Bloqueo hasta consentimiento.
  • Activar anonimización de IP .
  • Revisar identificadores considerados datos personales.

4.7 Plugins sociales

  • Bloqueo previo al consentimiento.
  • Actualizar política de privacidad con transferencias internacionales.

4.8 Hosting, backups y seguridad

  • DPA firmado con el proveedor.
  • Copias cifradas AES-256 almacenadas en la UE.
  • WAF, CSP y pentest anual.

4.9 Áreas privadas, biometría y control de accesos

La biometría es un dato “especialmente sensible”. Tras la multa a LaLiga, la AEPD exige proporcionalidad justificada con una Evaluación de Impacto y medidas alternativas.

4.10 Documente todo

Bajo el principio de responsabilidad proactiva no basta «cumplir»: hay que poder demostrar el cumplimiento en cualquier momento.

5. Autodiagnóstico rápido

Pregunta No
¿Su banner muestra “Rechazar” tan visible como “Aceptar”?
¿Tiene evidencias (fecha, IP) de cada consentimiento?
¿Los formularios enlazan a la política de privacidad?
¿Analytics y píxeles se bloquean hasta aceptar?
¿Existe un DPA con hosting, e-mail y pasarela de pago?
¿Los textos legales se revisaron tras mayo 2024?
¿Algún plugin social carga antes del consentimiento?
¿Hace pentest y revisa backups al menos 1 vez/año?
¿Responde a solicitudes de acceso/borrado < 30 días?

Un solo “No” significa riesgo real de inspección y sanción.

6. Próximos pasos

  1. Auditoría interna inminente. Utilice la tabla anterior como guion y documente resultados.
  2. Plan de acción. Priorice cookies, bases jurídicas y contratos con terceros.
  3. Formación del equipo. Marketing, TI y legal deben entender la guía de cookies y el Data Act.
  4. ¿Necesita ayuda externa? Podemos derivarle —sin coste ni compromiso— a nuestro despacho jurídico especializado.

*Este artículo se basa en resoluciones y guías oficiales publicadas hasta mayo 2025. No sustituye al asesoramiento jurídico profesional.*



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